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Terminología del sector marítimo-portuario (Parte 3)

¡El lenguaje nos conecta sea cual sea el sector en el que trabajes!

 

Si te dedicas a la exportación e importación de mercancía, seguramente te has familiarizado con los términos o siglas utilizados en las operaciones involucradas en el transporte marítimo. Porque, aunque puede parecer un aspecto de poca importancia, todas las empresas que trabajan en el ámbito Marítimo Portuario deben tener muy claros estos términos para poder estar en continua comunicación con las figuras que pertenecen al sector.

 

Por eso es que te compartimos esta 3ra parte de nuestro glosario con la terminología más comúnmente utilizada en el sector marítimo-portuario. Esto con el propósito de que sirva como referencia a los conceptos más destacados y permita agilizar la comprensión y comunicación de estos.

* Continúa conociendo los términos más utilizados del sector marítimo portuario: Parte 1, Parte 2 y Parte 4.

INFRAESTRUCTURAS Y ZONAS COMUNES EN LAS ACTIVIDADES MARÍTIMO-PORTUARIAS

Astillero: Zona de un puerto utilizada para la construcción y reparación de embarcaciones. Sitio donde estas son preparadas, equipadas o donde se les proporciona un servicio de mantenimiento.

Atracadero: Lugar o instalación donde pueden atracarse sin peligro las embarcaciones, generalmente pequeñas.

Área de almacenamiento (marina seca): Espacio de tierra destinado al servicio que se presta para guardar las embarcaciones en seco o la carga que permanece en los lugares de depósito. Pueden existir áreas de almacenamiento a cubierto o a intemperie, dependiendo de las facilidades y necesidades del puerto.

* Para conocer cómo se clasifican todos los tipos de almacenamiento y sus usos respectivos, da clic aquí.

Almacenes aduaneros / Recintos fiscales: Espacios abiertos o cerrados en donde las autoridades aduaneras realizan funciones de gestión, almacenaje, custodia, carga y descarga, fiscalización y despacho aduanero; es decir, es donde se colocan temporalmente las mercancías para posteriormente solicitar su despacho.  

Abrigo: Área marítima natural o artificial que sirve de protección a las embarcaciones contra los fenómenos naturales que afectan al mar, ya sean vientos, el oleaje o las corrientes. Estas instalaciones pueden ser rompeolas, escolleras, espigones, diques, entre otros.

Área de Desarrollo Portuario: Los espacios terrestres, marítimos, lacustres y fluviales que hayan sido aprobados por la Autoridad Portuaria como aptos para su uso en la construcción o ampliación de puertos o terminales portuarios, o que, sean designados para razones logísticas, comerciales, urbanísticas u otras.

Área de operaciones acuática: Espacio acuático, ya sea marítimo, fluvial o lacustre, ubicado entre los muelles de terminales con instalaciones de atraque directo y los rompeolas artificiales, o entre dichos muelles y la línea establecida por balizas u otros puntos de señalización, o el espacio requerido para el amarre y desamarre a boyas.

Acceso acuático: Son infraestructuras constituidas por canales, zonas de aproximación, obras de abrigo o defensa como son los rompeolas, esclusas y señalizaciones náuticas (faros, boyas).

Acceso terrestre: Son vías interiores de circulación o las construcciones integradas por la obras de abrigo, faros y señales, áreas de fondeo, muelles, patios; accesos ferroviarios, carreteros, fluviales y oleoductos que permitan la interconexión directa e inmediata con el sistema nacional de circulación vial.

Bodega / Depósito: Cualquier espacio interior de una embarcación que se utiliza para la carga. Estructura o depósito para el almacenamiento de mercancías con riesgos mínimos en los puertos.

Canal: Es espacio marítimo natural o artificial que funciona como la entrada y salida de un puerto, utilizado como tránsito de las embarcaciones para facilitarles el acceso y retiro de las instalaciones portuarias. Es la parte más profunda, siendo un estrecho marítimo entre dos tierras.

Dársena: Es el espacio interior más protegido de un puerto, resguardado del oleaje para abrigo o refugio de las embarcaciones y con la extensión y profundidad adecuada para que los buques puedan realizar con seguridad las maniobras de atraque, desatraque y ciaboga.

Dársena de ciaboga: Zona marítima dentro del puerto donde las embarcaciones o buques realizan las maniobras de giro y revire para desplazarse y enfilarse hacia las distintas zonas portuarias.

Dársena de maniobras: Áreas dentro del puerto donde los buques pueden hacer maniobras con el fin de prepararse para atracar, acercarse o despegar del muelle, generalmente con la ayuda de remolcadores.

Dársena de servicios: Áreas de agua contiguas a los muelles para posibilitar reparaciones a flote.

Dársena deportiva: Área de agua abrigada que puede o no formar parte del puerto; cuenta con servicios de ayuda a la navegación, amarre, rampa, mantenimiento, almacén en seco y algunos otros servicios para las embarcaciones y los usuarios.

Dique: Es un muro construido para contener las aguas.

Depósitos aduaneros autorizados: Locales donde se almacenan mercancías solicitadas al régimen de depósito aduanero. Las mercancías son gestionadas por los agentes de aduanas sin tener que pagar derechos o impuestos de importación hasta que éstas sean asignadas  aun régimen final.

Deposito aduanero privado: Sitio destinado al almacenaje de mercancías de propiedad exclusiva del depositario.

Deposito aduanero público: Son sitios autorizado para el uso y almacenaje de mercancías por parte de cualquier persona. El depositante o cliente es quien lleva a cabo las modificaciones en lo referido a la vinculación o desvinculación del depósito aduanero.

Embarcadero: Instalación en las costas marítimas, riveras fluviales o lacustres sin infraestructura de defensa o abrigo, destinada al atraque y mantenimiento de embarcaciones generalmente pequeñas.

Esclusa: Es un recinto o tramo con puertas de entrada y salida que permite el paso de embarcaciones a diferentes niveles, en un puerto o canal con variaciones de marea importantes y durante la navegación fluvial.

Escollera: Es una estructura que penetra en el mar abierto y fue creada para canalizar las corrientes y reflujos de mareas, y evitar que los canales se obstruyan con los escombros del acarreo litoral. Con el propósito de estabilizar y profundizar el canal de navegación, se construyen rompeolas en la desembocadura de un río o canal de marea.

Espigón: Es una estructura saliente o perpendicular a la línea de playa para proteger la costa, atrapando el acarreo litoral o retardando la erosión de la playa.

Fondeadero: Áreas de agua agitada que permiten el anclaje o fondeo mientras los buques deben esperar un sitio de atraque, el abordaje de suministros y tripulación, una inspección de cuarentena o para aligerar la carga.

Infraestructura de área portuaria: Constituida por muelles, diques, dársenas, áreas de almacenamiento en tránsito, boyas de amarre y otras vías de comunicación interna.

Infraestructura portuaria: Las obras civiles de construcción, instalaciones mecánicas, eléctricas y electrónicas, fijas y flotantes, ubicadas en los puertos con el propósito de facilitar el transporte e intercambio modal.

Instalaciones portuarias: Proyectos de infraestructura, edificaciones o superestructuras construidas dentro o fuera de un puerto y utilizadas para construir, reparar o gestionar embarcaciones, o brindar servicios portuarios. Se dividen en categorías públicas y privadas en función de cómo se utilizan.

Lugar de tránsito: Área de terreno utilizada para el almacenamiento temporal o transitorio de mercancías, como paso intermedio de la nave o buque hacia los vehículos particulares o viceversa.

Marina: Conjunto de instalaciones portuarias y embarcaderos, sus áreas de operaciones acuáticas y terrenos ribereños, en las que se prestan servicios únicamente para actividades de turismo, recreación y deportivas, incluidas la construcción, reparación y mantenimiento de embarcaciones deportivas. 

Muelle: Infraestructura portuaria construida artificialmente en la costa u orilla de un río, lago o mar. Se utiliza especialmente para atracar embarcaciones, cargar y descargar la mercancía, y para la circulación de vehículos y personas.

Muelle privado: Este proporciona para el uso exclusivo de un usuario con el objetivo de facilitar la carga y descarga de naves.

Patio de Contenedores / Container Yard (CY): Es el área en tierra dentro del puerto donde se entregan y reciben mercancías o contenedores que pueden permanecer a la intemperie. Es donde el transportista puede realizar la recepción, entrega, almacenaje y reparaciones menores de contenedores vacíos.

Puerto: El área de la ribera o costa designada como tal por el Ejecutivo Federal para la recepción, resguardo y cuidado de las embarcaciones; consta de los accesos y zonas de uso común para navegación y operaciones internas, así como del recinto portuario y, en su caso, la zona de desarrollo; cuenta con servicios públicos y privados, terminales e instalaciones para el transbordo de personas y la transferencia de mercancías entre los modos de transporte que conecta.
Puerto interior: Son las instalaciones utilizadas para dar servicio a las embarcaciones de navegación interior. Se construye tierra adentro cerca o lejos de la costa aprovechando las condiciones óptimas de abrigo y las naturales propias de la vía navegable.

Puertos artificiales: Son aquellos en los que es necesario construir obras de protección (rompeolas), dragados y rellenos de los terrenos que ocuparán las instalaciones, con el fin de dar abrigo a un lugar expuesto en la costa.

Puertos especiales: Son aquellos que atienden operaciones de carga y descarga de un solo tipo, distinguiendo entre graneleros y líquidos.

Puertos naturales: Son aquellos en los que la conformación física de la costa ofrece suficiente protección a las instalaciones portuarias de los efectos de los fenómenos oceanográficos y meteorológicos, con calado suficiente para permitir la navegación de las embarcaciones con escasa o nula intervención humana para obtener permiso para usarlo.

Puerto de cabotaje: Es el que se utiliza para operaciones comerciales entre puertos nacionales.

Puerto marítimo: Conjunto de áreas terrestres, aguas marítimas e instalaciones que, ubicado en la ribera del mar, cumplen las condiciones físicas, naturales o artificiales y de organización que faciliten la realización de operaciones de tráfico portuario.

Puerto fluvial: Son aquellos localizados sobre la ribera de una vía fluvial navegable y que reciben el influjo de mareas, adecuado y acondicionado para las actividades portuarias.

Recinto portuario: La zona federal delimitada y determinada por la Secretaría y por la del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca en los puertos, terminales y marinas, que comprende las áreas de agua y terrenos de dominio público con el propósito de establecer instalaciones y la prestación de servicios portuarios. Comprende todas las obras exteriores, antepuerto, dársenas, obras de atraque, de almacenamiento, patios de maniobra, astilleros y otras instalaciones para construir y reparar barcos, así como a las oficinas administrativas correspondientes a la operación portuaria.

Ribera: Es la franja de tierra que está junto a un río o mar, es decir, el Margen u orilla de una corriente de agua.

Superestructura portuaria: Obras que sirven para ofrecer apoyo a los servicios portuarios. Integrada por almacenes, cobertizos, estaciones marítimas, equipo portuario y marítimo, edificios administrativos públicos y privados, subestaciones eléctricas, redes de agua potable y drenaje, plantas de tratamientos de desechos y edificios para oficinas y privadas.

Terminal portuaria: Es una unidad operativa o instalación habilitada para ofrecer servicios portuarios y ser la interfase entre el modo de transporte marítimo y otros vehículos, teniendo como propósito el movimiento de mercancías o intercambio modal.

Terminal especializada de contenedores: Es la terminal marítima que tiene como propósito el manipular contenedores en todas las fases de la operación portuaria, con equipo especializado, y la capacidad de gestionar buques especializados en el transporte de contenedores.

Terminal portuario de uso privado: Es la terminal establecida por una persona jurídica para satisfacer las necesidades de las empresas del grupo económico al que pertenece.

Terminal portuario de uso público: Es aquel que presta servicios a cualquier cliente o usuario que lo solicite en las condiciones de operación ofertadas, ya sea directamente o a través de terceros. 

Zonas de transferencia de carga o tránsito de pasajero: Se compone por los muelles, diques, dársenas, áreas de almacenamiento, boyas de amarre, tuberías subacuáticas, ductos, plataformas y muelles flotantes.

Zona de influencia / Hinderland: Es la región terrestre atrás del puerto desde y hacia el cual se dirigen los flujos de mercancías que pasan por el puerto para su consumo o transformación.

Zona de actividades logísticas: Sección del recinto portuario donde se autoriza el desarrollo de actividades o servicios, complementarios o relacionados con las mercancías sin que cambie la naturaleza de estas.

Zona de fondeo / Fondeadero: Área acuática establecida por la autoridad marítima, cuyas condiciones de agitación permiten el fondeo o anclaje de los buques cuando estos deben esperar un lugar de atraque.

Zona franca: Sección del territorio nacional bajo la jurisdicción de la Aduana y la Administración Portuaria, en el cual el régimen aduanero permite recibir mercancías sin el pago de tributos o impuestos a la importación.

Como podemos ver, existe una enorme cantidad de términos dentro del sector marítimo que debemos tener claros a la hora de utilizar este tipo de transporte, considerando que son fundamentales para la gestión de los contenedores, la carga y descarga de mercancía.

*Para comprender algunos otros conceptos del sector de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana da clic aquí

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